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jueves, 22 de noviembre de 2012

El 7D , la cautelar y el pedido del Grupo Clarin por denegatoria de justicia a la CSJN

Empecemos por lo básico :

1- Nuestra constitución nacional ( a excepción del artículo 14 bis) es absolutamente liberal. El derecho de propiedad en ese aspecto es sagrado

2- El poder judicial funciona como resguardo del derecho de propiedad de las clases dominantes o sea los tenedores del capital y los medios de producción .

3- Que es una medida cautelar ?

Una cautelar se dicta para que hasta que no se dicte la sentencia en una causa no se afecten los derechos de propiedad adquiridos que por la aplicación de la ley pudieran afectarse de alguna forma , evitando de esa manera que los juicios por derechos afectados en caso de sentencia en sentido contrario al demandante se sumen al erario público.

Se supone que una vez dictada la sentencia de fondo esta se aplica y la cautelar, por lógica, fenece.

4- La ley de Medios y la impugnación del Grupo Clarin

La CSJN en su ultimo fallo por la Ley SCA 26522/09 en relación a los artículos 45 y 161 y su constitucionalidad , estableció que las cautelares no pueden ser eternas , fijando un plazo de 3 años como lógico para una cautelar.

En la misma sentencia obviamente sin emitir opinión sobre la constitucionalidad o no de los artículos impugnados estableció que a priori no verificaba ninguna afectación a la libertad de expresión
Para mi el Grupo Clarin se equivoco al plantear como causa de inconstitucionalidad la afectación de la libertad de expresión .

En este caso entiendo si que si se puede probar que hay una afectación sobre la propiedad, es decir una afectación patrimonial, porque si en 2007 cuando desde el kirchnerismo, Nestor Kirchner pactaba con Magnetto y les extendía al grupo Clarin las licencia en TV por 10 años mas además de permitirles la fusión de Cablevisión y Multicanal, no parece ilógico pensar que si ahora deben transferir la licencia que les extendiste te planteen un reclamo indemnizatorio por el patrimonio afectado.

Mi interpretación también es que lo lógico era tener la sentencia de fondo sobre los artículos impugnados antes de los 3 años y la cautelar en ese caso quedaba abstracta con la sentencia .

La realidad es que sin la sentencia llega en pocos días el 7D . Desde el gobierno se plantea claramente aplicar la ley con todos sus efectos aun sin la sentencia de fondo sobre la constitucionalidad de los artículos, algo que establece el propio fallo de la Corte

Durante el ultimo mes estamos viendo las presiones de los sectores reaccionarios sobre el consejo de la magistratura que impiden el nombrar los jueces sobre los tribunales vacantes .

También vemos que desde el gobierno nacional se recusa prácticamente a todos los jueces de cámara acusándolos de ser comprados por Clarin con dádivas , viajes o premios y reconocimientos varios .

Hace largo rato había versiones de que ya estaba decidida en la cámara una extensión de la cautelar hasta tener la sentencia de fondo.

Al mismo tiempo en el congreso nacional desde el kirchnerismo se reglamenta el uso del Per Saltum ( a pesar de los nefastos antecedentes cuando lo usaron contra la impugnación de Moises Fontenla para evitar la entrega y el vaciamiento de Aerolíneas impulsada por los HDP de Menem y Dromi en el nefasto menemato ).

Ayer nos enteramos que el Grupo Clarin se presenta en la corte frente a lo que plantean como denegatoria de justicia

http://m.terra.com.ar/noticia?n=929d94ce0132b310VgnCLD2000000ec6eb0aRCRD

Siempre me llamo la atención que el gobierno se jugara tanto al 7D , sobre todo sabiendo que es y como funciona la justicia argentina.

En este contexto , a diferencia de Alak yo creo que según las leyes el Grupo Clarin puede presentar el recurso en la corte y tal vez es hasta positivo que la CSJN resuelva el fondo de la cuestión y no de curso a la extensión . Lo que deben determinar de una vez por todas es si los artículos 45 y 161 son ( se supone ) constitucionales . Ahí se acaba la historia definitivamente y se aplica la ley sin posibilidad alguna de seguir extendiendo el plazo para aplicar la ley .

1 comentario:

Ricardo dijo...

Sí, opino igual.
Me parece que la estrategia clarinista, siempre, fue patear la pelota afuera en espera de un nuevo gobierno. Por eso les interesaba tres carajos el fondo (afectación de libertad de expresión) y sí la cautelar. Ahora quizás se manden con lo de la afectación de la propiedad y hasta consigan seguir pateándola...

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Politica Obrera