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jueves, 15 de noviembre de 2012

El 7D, la Ley de SCA y la democracia comunicacional



"Nosotros no hacemos salchichas ni dulces, trabajamos sobre una materia prima que se relaciona con la democracia y las libertades. Por eso nos pegan". Las recientes palabras de Héctor Magnetto funcionan como una confesión de parte: las empresas periodísticas, y las industrias culturales en general, se inscriben de una manera diferenciada en la trama económica, social y política de un país. ¿Cuál es la “materia prima” con la que trabaja el Grupo Clarín? Su relato es que a través de información y entretenimiento logra llegar desde hace años a un gran sector de la audiencia que lo elige día a día. En ese relato, no ingresan las presiones a los gobiernos democráticos y las ventajas obtenidas de esas presiones, los acuerdos con la última dictadura y, fundamentalmente, el formidable motor económico del Grupo, la televisión por cable, que a través de la fusión Cablevisión-Multicanal y la compra (no siempre en términos de quien “compra” en el supermercado salchichas o dulces) de prestadores de cable del interior del país. Las posibilidades de cotizar en la Bolsa de Londres estarían dados en su relato por la solidez periodística de Nelson Castro y la cuota de mercado del cable superior al 60% por la simpatía de Marcelo Tinelli.

Si prestamos atención a los hechos, el 7 de diciembre de 2009, el Grupo Clarín obtuvo la medida cautelar para impedir la aplicación del artículo 161, que fija el plazo máximo de un año para la adecuación de los titulares de licencias a la normativa. Este plazo, dos veces prorrogado por la AFSCA a través de la Resolución 297/10 y de la 1295/11, venció el 28 de diciembre de 2011.El artículo que más compromete al Grupo es el 45, donde se fijan los máximos de licencias de radio, televisión de aire, satelital y de cable, tanto a nivel nacional como local. Es por ello que el 17 de noviembre de 2010, presentó una demanda al Estado por la inconstitucionalidad de estos dos artículos. La Corte Suprema, por su parte, dio lugar a la cautelar del juez Edmundo Carbone (cuyo juzgado está actualmente vacante), donde se consignaba el tiempo de 36 meses de plazo para el comienzo de la adecuación, por lo que vencería el 7 de diciembre de 2012. El fallo determina lo siguiente: “a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la Ley 26.522 y se aplica a la actora. De ahí que estando su plazo para adecuarse a las disposiciones de la Ley vencido el 28 de diciembre de 2011, sea plenamente aplicable a la actora con todos sus efectos a partir de la fecha indicada”. Si el grupo no lo hiciera de manera voluntaria, la AFSCA debe actuar y, si así lo dispone, llamar a concurso por las licencias excedentes.

En un claro ejercicio de la libertad de interpretación que brinda el poder, el Grupo Clarín entiende que el 7D comienza el período de un año para la presentación del plan de adecuación a la AFSCA. Desde El Gleyzer, entendemos que el incumplimiento de esta medida por parte del Grupo Clarín supone un retraso para el cumplimiento de la plena vigencia de la Ley, porque permitiría mantener al principal grupo mediático sus cuotas de pantalla y de mercado, haciendo que aún ante la adecuación de los restantes, en el caso de realizarse, se imposibilite la reserva del tercio correspondiente a los actores sin fines de lucro, las radios comunitarias, los llamados “medios alternativos” que vienen desarrollando hace años una comunicación popular. Esto supondría un duro golpe para la pelea por la democratización de la comunicación, y sentaría un precedente negativo frente al resto del articulado. Por lo tanto, creemos que como organización del campo popular debemos velar por el cumplimiento de esta normativa por parte del Grupo Clarín y de todos aquellos que hoy estén fuera de la ley y por tanto atenten contra los propios intereses de las organizaciones. Ahora bien, esto no supone creer que el proceso de adecuación del Grupo garantice la plena aplicación de la Ley, dado que esta norma, que incluye gran parte de los reclamos históricos del campo popular vinculados a la comunicación, no confronta únicamente con sus intereses. En este sentido, la responsabilidad central para su plena aplicación es del AFSCA, es decir del Gobierno Nacional.

Con reservas

Recordemos que uno de los puntos más celebrados por las organizaciones del campo popular, y presente en los “21 puntos por una radiodifusión democrática”, es, justamente, la reserva de un tercio del espectro radioeléctrico para las organizaciones sin fines de lucro, que se incorporan en la ley como un actor que puede aspirar a una licencia. Los otros dos actores, son a grandes rasgos el Estado y el Mercado. En el primero,los Entes públicos, la ley ha constituido un importante avance al reconocer a los Pueblos Originarios, las Universidades Nacionales y sus Institutos en el mismo status que los entes públicos no gubernamentales, lo que implica que pueden recibir la adjudicación de las frecuencias de manera directa, al igual que las provincias y los municipios. Ahora bien, en la práctica no han desaparecido los problemas generales de los Pueblos Originarios. Tampoco las maniobras antidemocráticas en las Universidades Nacionales, que trasladan en algunos casos linealmente a sus medios y bloquean la participación de la comunidad universitaria. Esta ley, en ningún escenario posible, puede resolver esas situaciones por sí misma, por lo que sigue siendo el campo popular quien debe dar sus propias batallas en estos terrenos. Por otra parte, otro de los Entes públicos no gubernamentales es el Episcopado de la Iglesia Católica. Su presencia en este tercio debe ser otro de los frentes para aquellas organizaciones que pugnan por un Estado Laico, aunque debe recordarse que esta situación está condicionada nada menos que por la Constitución Nacional.
Desde la sanción de la Ley, el Estado Nacional ha fomentado la producción audiovisual de diversas maneras, principalmente a través del INCAA y del Programa Polos Audiovisuales. Son escasos los productores que refuten esta afirmación, aunque existe la preocupación generalizada por las posibilidades de exhibición y de pantalla de estos productos, teniendo en cuenta que, desde una perspectiva federal, muchos de los contenidos producidos encuentran fuertes resistencias en los canales provinciales, entendidos en algunos casos como propiedad privada de los gobernadores. La Ley de SCA tampoco puede avanzar sobre esta situación sin que sean las organizaciones populares las que ingresen en la disputa por los recursos para la producción, la capacitación y las cuotas de pantalla. Lo mismo puede decirse en los casos en que se está debatiendo leyes provinciales de comunicación audiovisual. Y, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, el manejo (o su ausencia) de los medios públicos porteños, está dentro de las cuentas pendientes.

Los “nuevos” actores

Otra situación que genera controversias dentro del campo popular es la utilización en la Ley de SCA de la figura de las “Organizaciones sin fines de lucro”. El reclamo histórico porque estos actores sociales puedan acceder a una licencia se ve opacado por el abuso que se hace de esta figura. Evidentemente no es lo mismo la Fundación Noble o el Club Boca Jrs. que una organización con trabajo territorial, pero también es evidente que el abuso de una figura, o su malversación, no se soluciona creando una nueva, permeable de caer en lo mismo. No existe otra solución posible que avanzar de forma coordinada y organizada hacia el cumplimiento de este aspecto de la Ley, como así también por la posibilidad de créditos blandos y financiamiento sostenido. Es que si uno de los fundamentos de la Ley es garantizar la pluralidad de voces, no puede vincularse la aparición de algunas a sus posibilidades económicas.

En este sentido, es necesario señalar algunas de las diferencias entre la situación de la televisión de aire, por cable y de la radio son notables. En el caso de la TV por aire, la principal dificultad para este sector no reside en el acceso a la licencia sino en el financiamiento, dado que las barreras de entrada al medio son las más altas de la industria cultural. Entendemos que ahí reside la verdadera traba ya que la digitalización junto a la falta de interés por explotar el conjunto de las señales de aire posibles por parte del sector privado, permitirían el llamado a concurso en todo el país sin demasiadas dificultades. En el caso del cable, donde Cablevisión ocupa más del 80% del mercado en algunas localidades, la única forma de no caer en niveles también altos de concentración es que las cooperativas nuevamente se hagan cargo de este servicio. Al mismo tiempo, eso les permitiría poner en el aire más señales locales y así avanzar hacia la federalización de la comunicación.

En el caso de las radios, la digitalización es un proceso incierto, por lo que, si bien las dificultades económicas siempre están presentes, el principal problema es la falta de espacio en el espectro radioeléctrico que se agudiza en las ciudades, muchas de las cuales son consideradas “Zonas de conflicto”.
Las radios surgidas con posterioridad a la sanción de la Ley tampoco están en condiciones de aspirar a los Permisos Precarios Provisorios (PPP) por lo que su situación es incierta. Las organizaciones deben bregar por la realización del Plan Técnico en estas zonas, que permita el ordenamiento del espectro radioeléctrico, sin dejar de atender a la situación de aquellas emisoras surgidas, en muchos casos, al calor de la Ley, pero que todavía no pueden alcanzar la plena legalidad. Es por este tipo de situaciones que, desde el campo popular, aquellos que están en capacidad de integrar los Consejos de la AFSCA deben hacerlo, el lujo que algunos sectores de la oposición se permitieron de no integrarlo para no legitimarlo, en el caso de las organizaciones sociales puede ser sumamente perjudicial.

Partes privadas

Finalmente, tenemos a los prestadores con fines de lucro. Como es de público conocimiento, este sector no necesita de reservas, sino que está absolutamente desbordado en gran parte del país. La apertura de nuevos canales privados para la Televisión Digital Abierta, y en algunos casos presentes en las grillas del cable, promueve la creación de puestos de trabajo y el crecimiento de la demanda de contenidos. En este punto, el desafío de las organizaciones del campo popular es no ponderar la línea editorial del medio por encima de los derechos de sus trabajadores. La posibilidad de nuevos canales privados que incrementarían la pluralidad de voces no debe recaer sobre las espaldas de los periodistas, operadores, camarógrafos y demás trabajadores de los medios audiovisuales. Los empresarios, sin importar su origen ni sus intenciones, deben saber que sus trabajadores pelearán junto a las organizaciones sociales por el cumplimiento de sus estatutos y convenios, por los salarios y la democracia sindical.

En tiempos en que empresas adalides de la libertad sostienen prácticas monopólicas y los sectores de la clase política defensores de las instituciones quieren que empresas privadas se posicionen por encima del Estado de Derecho, las organizaciones del campo popular no pueden permanecer ajenas a la confrontación. Ciertamente, esta Ley no va a acabar con las violaciones a la democracia sindical, las maniobras para evadir impuestos y responsabilidades, los atropellos de los gobiernos provinciales, ni con tantos otros puntos de la agenda de las organizaciones sociales. Estas tareas siguen estando en la órbita del campo popular. Desde El Gleyzer entendemos que la plena aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que comienza pero no se agota el 7D y la voluntad del Gobierno Nacional de hacerla cumplir, nos brinda un escenario más favorable para darlas.

http://www.elgleyzer.com/2012/11/el-7d-la-ley-de-sca-y-la-democracia.html?spref=fb

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Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

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