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martes, 9 de diciembre de 2014

No pagar ganancias si no se actualiza el mínimo

Edición Impresa #1343 | Por Christian Rath
 
UN FALLO QUE DA PIE A UNA CAMPAÑA

Un juez federal de Mar del Plata ha dictaminado que el impuesto a las ganancias sobre salarios y jubilaciones es “inaplicable” mientras no se modifique el mínimo no imponible, vigente desde agosto pasado.
 
El juez hizo lugar al amparo de un jubilado contra el Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires y contra la Afip, y determinó la inaplicabilidad del impuesto en tanto “perdure la omisión” del ajuste del mínimo no imponible.
 
El juez considera “legítimo” el impuesto a las ganancias sobre salarios y jubilaciones, pero basa su fallo en la "naturaleza alimentaria de los haberes previsionales", lo que es de sentido común si se considera que, al día de hoy, la jubilación mínima está en 3.231,63 pesos y este monto es cobrado por un 53% del total de jubilados (digresión: en 2001, sólo un 15%), y sin contar la franja que se acogió a la moratoria, que recibe un ingreso inferior a este mínimo. El juez dice que es necesario “dilucidar” si como consecuencia del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias vigente no existe una afectación de los derechos puesto que la ley de impuesto a las ganancias prevé la actualización anual de los importes de las ganancias no imponibles. Concretamente, el juez cuestiona que el mínimo no imponible del impuesto a las ianancias aplicable a la cuarta categoría se mantenga sin variaciones desde agosto de 2013.
 
 
“El salario no es ganancia”
 
El jubilado en su demanda sostiene que “el salario no es ganancia”, consideración a la que el fallo no hace referencia, pese a que corresponde discutir la legitimidad misma del impuesto a las ganancias sobre los salarios. El gobierno ha ido (des)ajustando el mínimo no imponible por debajo de la inflación durante años, hasta transformar la cuarta categoría del impuesto a las ganancias en un verdadero impuesto al salario, cuando su origen fue gravar las ganancias de los empresarios y los ingresos de los directivos. El rechazo al “impuesto al trabajo” se ha convertido, por esta razón, en bandera recurrente del movimiento obrero en los paros y movilizaciones de los últimos años. Al incluir el impuesto a las ganancias, el salario en Argentina paga hasta el 53% en gravámenes.
 
El proyecto de ley presentado por el PO en el Frente de Izquierda por este tema dispone la abolición del impuesto a las ganancias sobre todo salario de convención colectiva, carrera estatal o judicial, y sobre las jubilaciones. Mantiene, en cambio, el gravamen sobre los ingresos de cargos gerenciales y directivos, o políticos que superen tres canastas familiares en base a cálculos de centrales sindicales y universidades.
 
 
Campaña para explotar este fallo
 
Aunque se trata de un fallo que sólo beneficia al demandante y que, con seguridad, será apelado por el gobierno, sienta un precedente importante para los casi dos millones de trabajadores, activos, jubilados y autónomos alcanzados por ganancias. Da la oportunidad de organizar reclamos colectivos para sumar a la movilización dirigida a lograr la elevación del mínimo no imponible, las deducciones y las escalas sobre las que se aplican las alícuotas.
 
Sumará a la movilización que hoy está en curso en el país, con los petroleros, los metalúrgicos de Aluar y los bancarios a la cabeza.
 

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Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

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