The people united will never be defeated - ¡Proletarios del mundo, uníos!

sábado, 29 de agosto de 2009

Sin la nueva Ley medios como administras el espectro público de las frecuencias con todo lo que viene en Televisión?

• Incorporación de canales: La variante brasileña de la norma japonesa utiliza la tecnología de compresión digital más moderna (MPEG-4), que permite transmitir hasta 8 canales de calidad estándar y una señal para dispositivos móviles en el mismo ancho de banda que hoy requiere una señal analógica. Sin embargo, hasta el momento el gobierno argentino no explicitó como va a distribuir ese ancho de banda. Puede apostar a multiplicar el número de señales alentando la incorporación de nuevos actores a la radiodifusión (comerciales o sin fines de lucro) o privilegiar un esquema similar al actual donde la ventaja de la televisión digital no se traduzca en más canales sino en mayor calidad de imagen e interactividad.

• Televisión móvil: la TDT puede ser captada a través de los celulares. El estándar japonés ISDB permite llegar a dispositivos fijos y móviles con el mismo transmisor.

• Pago de royalties. En este caso el estándar japonés tiene ventaja. "Las tecnologías que forman parte de la norma ISDB están eximidas por completo del pago de royalties", aseguró a Cash, Hideo Fuseda, director de Digital Broadcasting Technology del Ministerio de Comunicaciones de Japón. Esta fue una de las razones por las que Brasil se decidió a optar por la norma ISDB, ya que puede copiar la tecnología para fabricarla localmente introduciendo innovaciones sin tener que pagarle a Japón por ello.

• Desarrollo industrial. El gobierno apuesta a desarrollar algunas aplicaciones locales para la TDT y una alianza industrial con Brasil, a partir de la adopción de la norma ISDB. Sin embargo, si la apuesta industrial no está debidamente garantizada existe el riesgo de que no se concrete. Del lado brasileño respondieron que no eligieron la norma pensando sólo en las inversiones japonesas que podían llegar sino en la mayor flexibilidad que ofrece el estándar para introducir modificaciones a partir de innovaciones de capital nacional, capaces de generar valor agregado y empleo. Afirman que Argentina podría seguir el mismo camino.

Según Wikipedia, ISDB (Integrated Services Digital Broadcasting) o Transmisión Digital de Servicios Integrados, además de transmisión de audio y video, define conexiones de datos (transmisión de datos) con Internet como un canal de retorno sobre varios medios y con diferentes protocolos.

Esto se usa, por ejemplo, para interfaces interactivas como la transmisión de datos y guías electrónicas de programas.

ARIB (Asociación de Industrias y Negocios de Radiodifusión) es la entidad encargada de crear y mantener el ISDB-T, y reúne a empresas-japonesas, brasileñas y de otros países en el negocio de producir, financiar, fabricar, importar y exportar bienes de consumo relacionados con la radiodifusión.

ARIB ha creado 4 estándares para su funcionamiento:

> ISDB-T (televisión digital terrestre),

> ISDB-S (televisión digital satelital),

> ISDB-C (televisión digital por cable) y

> banda 2.6GHz para transmisión móvil, los que pueden ser obtenidos gratuitamente en el sitio web de la organización japonesa DiBEG y en ARIB.

Esos estándares utilizan MPEG-2 y son capaces de entregar televisión de alta definición.

Tanto ISDB-T como ISDB-Tb permiten recepción de móviles en bandas de TV.

1seg es el nombre de un servicio ISDB-T para recepción en móviles, laptops y vehículos.


Boletín Oficial

TELECOMUNICACIONES

Resolución 171/2009

Déjase sin efecto la Resolución Nº 2357/98 por la que se estableció el estándar técnico ATSC para los sistemas de televisión digital terrestre para la República Argentina. Resolución 171/2009


Bs. As., 25/8/2009

VISTO el Expediente S01:0343455/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y las Resoluciones Nro. 2128 de fecha 8 de julio de 1997, 433 de fecha 12 de febrero de 1998, 1945 de fecha 4 de septiembre de 1998, 2357 de fecha 22 de agosto de 1998 de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 2128 de fecha 8 de julio de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION creó en el ámbito de la mencionada Secretaría, la Comisión de Estudio de Sistemas de Televisión Digital, la que tenía como objetivo realizar una evaluación de factibilidad para el futuro uso de los sistemas de televisión digital (DTV), incluyendo en esta denominación a los sistemas de televisión de alta definición -HDTV-, entre otros.

Que la Resolución Nº 433 de fecha 12 de febrero de 1998 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION, adoptó para la REPUBLICA ARGENTINA, respecto de las atribuciones de bandas, las recomendaciones para la Región II de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), teniéndose en cuenta particularmente las recomendaciones de países de esta Región que promuevan el desarrollo de la televisión digital.

Que la Resolución Nº 1945 de fecha 4 de septiembre de 1998 de la mencionada Secretaría convocó a Audiencia Pública Consultiva en los términos del artículo 15 del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta aprobado por Resolución SC Nº 57/96, a efectos de analizar las cuestiones técnicas y regulatorias para la implementación de los sistemas de TV Digital Terrestre.

Que la Resolución Nº 2357 de fecha 22 de agosto de 1998 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES estableció el estándar técnico ADVANCED TELEVISION SYSTEM COMMITEE (ATSC) para los sistemas de televisión digital terrestre para la REPUBLICA ARGENTINA e instruyó a diversos reparticiones públicas para que acentúe los vínculos de colaboración recíproca con los países integrantes del Mercosur y otras administraciones de la región a fin de procurar la selección del mismo estándar de televisión digital en la región de modo tal de alcanzar los beneficios de la economía de escala en el desarrollo de equipamiento que se requiere.

Que las Áreas Técnicas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES (CNC), organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, han realizado un Informe Técnico en el cual han evaluado los principales sistemas de televisión digital actualmente disponibles, concluyendo que la evolución tecnológica demuestra que si en algún momento existieron ventajas relativas entre los sistemas analizados, en la actualidad y/o en lo futuro, pueden ser inexistentes o de una magnitud poco importante.
Que la empresa SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, que opera la frecuencia de televisión LS 82 TV Canal 7, a través de sus áreas competentes, realizó en el país diversas pruebas para la implementación de un sistema de transmisión de un canal en alta definición, concluyendo que resulta de interés para la televisión pública poder acceder a todos los televidentes en forma libre y gratuita, ya sea con receptores fijos o móviles, para lo cual el sistema basado en el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) o su versión Brasileña STVD-TB se ajusta a tales premisas.

Que el Centro de Investigación y Transferencia en Telecomunicaciones de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN ha realizado un Informe Técnico sobre los estándares de Televisión Digital Terrestre, en el cual se clasificaron los distintos estándares en función de sus características, la eficacia espectral de cada uno, su flexibilidad, y los resultados de las evaluaciones realizadas, entre otros.

Que el informe antes mencionado concluye que los principios del estándar ISDB-T, con sus mejoras introducidas y disponibles, resultan los adecuados para la creación y posterior implementación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.

Que por su parte, el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION DE LA NACION dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, señaló que debe priorizarse una norma digital que permita optimizar la utilización del espectro, tanto en alta como en baja potencia, como así también la implementación de repetidora de un único canal.

Que, asimismo, el citado Organismo destaca que, las transmisiones deben contar con robustez ante cualquier interferencia, aún trabajando en esquemas de baja potencia, tanto en recepción móvil o fija y que permita la incorporación eficiente de nuevos servicios, como la televisión móvil.

Que la elección del estándar tecnológico a ser utilizado en la digitalización del espectro radioeléctrico importa la posibilidad de impulsar el desarrollo industrial y tecnológico nacional, la creación de empleo especializado, el acceso democrático y plural a los medios de comunicaciones, la mejora de calidad del servicio televisivo, y el progreso social y cultural del país.
Que en mérito a los estudios realizados, el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) resulta el más conveniente; propiciándose, como base para el Sistema de Televisión Digital de la República Argentina.

Que por ello corresponde dejar sin efecto la Resolución SC Nº 2357 de fecha 22 de agosto de 1998 y recomendar al Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), como base para el Sistema de Televisión Digital de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que las Áreas Técnicas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES (CNC), organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 94 de la Ley Nº 22.285 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE

Artículo 1º - Déjase sin efecto la Resolución Nº 2357 de fecha 22 de agosto de 1998 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2º - Recomiéndase al Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), como base para el Sistema de Televisión Digital de la REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 3º - Derógase toda otra norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución.

Art. 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Carlos L. Salas.

No hay comentarios:

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Politica Obrera