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domingo, 16 de mayo de 2010

Clarín pierde en la Corte

Por Eduardo Anguita

El próximo miércoles los ministros de la Corte Suprema, por segunda vez, se verán cara a cara con el Grupo Clarín. Parece el anuncio de un match deportivo pero es mucho más que eso. Sólo una vez, desde que la empresa conducida por Héctor Magnetto estalló en ira por la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el máximo tribunal de Justicia argentino tuvo que resolver algún tema que lesionara sus intereses. Fue cuando tuvo que tratar el concurso preventivo de Cablevisión y la Corte desestimó el recurso extraordinario en su contra, por lo que la fusión con Multicanal quedó firme.

La Corte, más allá de ese antecedente, se involucró fuertemente en temas ambientales –Riachuelo–, provisionales –Badaro–, en dos oportunidades sobre temas sindicales y participa de lleno en la conformación de los tribunales sobre los juicios de lesa humanidad.
Este próximo miércoles 19, en la semana del Bicentenario, los siete miembros del tribunal empezarán el análisis de la medida cautelar de la jueza federal de Mendoza Olga Pura de Arrabal que fue ratificada por la Cámara Federal de esa provincia. Sin hacer futurología, es posible decir que no habrá una resolución ni ese miércoles ni en los días siguientes. Es difícil arriesgar cuántas semanas demorará el fallo, pero sí es completamente previsible en qué dirección irá. Con cuatro votos a favor de la apelación del Poder Ejecutivo (poner en absoluta vigencia la ley 26.522), el monopolio liderado por Magnetto sufrirá un duro golpe. El problema no termina ahí: es muy difícil que el aval a esa medida cautelar que dejó en un limbo jurídico en materia de medios tenga algún voto a favor. Es más fácil que haya un seis a uno o siete a cero que un cuatro a tres.

( Foto Magnetto y Mitre )
La gran pregunta es si esta presunción con pretensiones de presagio se basa en las simpatías o antipatías de los ministros de la Corte hacia el Grupo Clarín. La respuesta es muy simple: de ningún modo. En los pasillos que transitan los supremos se escucha que la jueza Pura de Arrabal “hizo un mamarracho jurídico”. Más de un jurista cree que ella misma dio motivos para que su decisión la lleve a un jury de enjuiciamiento por desconocimiento flagrante de Derecho. Si eventualmente una cosa así sucediera no debería ser considerada como una cruzada anti-Magnetto sino como parte de las reglas del juego: las decisiones de los magistrados deben atender los límites jurisdiccionales. Esto es, no salir de los márgenes que la Constitución, las leyes y la jurisprudencia establecen.

Y aquí vale la pena detenerse en los cuatro motivos que dejan a la medida de Pura de Arrabal ajena a sus facultades.
El primero es la audacia de suspender la vigencia de una ley desde Mendoza cuando el lugar donde se promulgó fue la Ciudad de Buenos Aires. Ese solo motivo hubiera sido suficiente para que ella se declarara incompetente. De hecho, lo primero que hizo esa jueza fue declararse incompetente, y fue la Cámara Federal mendocina, compuesta por jueces con claras vinculaciones procesistas, quien le ordenó expedirse y considerarse competente.

El segundo es que la medida cautelar se funda en cuestiones del tratamiento parlamentario: que el despacho para el tratamiento no fue firmado en el recinto de la Cámara y que no se esperaron los siete días reglamentarios para su tratamiento. Cabe recordar que en el video de la transmisión televisiva se puede ver a los diputados firmando el dictamen. De hecho, al final, un diputado opositor se queja de que lo están haciendo cuando la discusión no ha concluido.

En relación con los siete días, de acuerdo con los reglamentos de Diputados, esa disposición corre para las sesiones ordinarias, pero esa ley se trató en una sesión de las llamadas especiales, para las cuales no se exigen los siete días. Curiosamente, si se tomara en cuenta la cautelar de la Justicia Federal de Mendoza, sería nula la Ley del Tratado de Paz y Amistad entre la República Argentina y la República de Chile sobre el Canal de Beagle de 1984 y deberíamos estar en guerra.

Sin embargo, pese a esas chicanas, ( después de 26 años donde solo había quorum para modificar la ley de qiebras y salvar a Clarin o solo para permitir que grupos como Clarin o Vila tuvieran 200 licencias y asi permitir monopolios de la palabra y negocios millonarios para grupos económicos concentrados que hoy ven derrapar a sus socios en AEA) hubo quórum y la ley se trató y se votó. En consecuencia, la jueza hizo intromisión en un asunto propio de otro poder constitucional.

El tercero es que no hay jurisprudencia en materia de fallos sobre medios de comunicación para suponer la supuesta inconstitucionalidad de la ley judicializada.
El cuarto, y no menos importante, es que la Argentina no cuenta con un Tribunal Constitucional –como sí tienen muchos países, especialmente europeos– que cuente con reconocimiento institucional como para interpelar la constitucionalidad de una ley. De modo que, para la Corte, significa un llamado de atención que una jueza federal, a través de una cautelar, despliegue el mismo poder que tendría un organismo de esa jerarquía. Con un agravante: podría haber tantos tribunales constitucionales como juzgados federales hay en la Argentina. Y con un atenuante: no necesitan fundamentar su fallo, ya que hasta ahora Pura de Arrabal ni siquiera falló sobre el recurso de amparo.

Ganar tiempo.

Los abogados del monopolio saben lo endeble que resultan los argumentos planteados. Son inconsistentes jurídicamente y muy eficaces en términos de la estrategia del CEO de Clarín. ¿Por qué? Porque Magnetto tiene un calendario en la mano y quiere ganar tiempo. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual establece un período de un año. La fecha de inicio es el momento de la reglamentación del llamado proceso de desinversión y no a partir de su vigencia legal (que fue el año pasado). Lo que impide la cautelar que tratará la Corte es que el Poder Ejecutivo pueda reglamentar la ley y empiecen a correr los plazos para que los grupos de medios que tienen posiciones dominantes se desprendan de las señales o licencias que quedan vedadas ante el nuevo escenario de democratización de la palabra. Esto es, cada día que pasa con la ley congelada, Magnetto lo siente como una protección al monopolio. Si Julio Cobos resulta su candidato presidencial –como todo indica–, intentará movilizar sus fuerzas para denunciar como “censura” o “intromisión en la libertad de expresión” la aplicación de la ley en los términos establecidos. Y, cualquiera lo sabe, la prensa en tiempos electorales es como el agua al carnaval. Es decir, si la campaña electoral se oficializara el 12 de agosto (60 días antes de una fecha posible de comicios nacionales), el Grupo Clarín se aferraría con uñas y dientes a que “TN no desaparezca mientras la dictadura K quiera eternizarse en el poder”.

Es, quizás, algo más perverso que eso. Ellos saben que tendrían un poderío considerable para las próximas elecciones. Lo que quieren es, primero, frenar el análisis de las licencias que el Grupo Clarín logró en estos años, para que no quede nada escrito sobre su acumulación desorbitante y, segundo, impedir que la aplicación de la Ley 26.552 habilite nuevas voces que puedan quebrar el discurso único de los medios de Clarín. En ese sentido la Sala I de la Cámara Civil y Comercial, en un fallo salomónico, confirmó el fallo del Juez Edmundo Carbone ( El ex juez de la dictadura militar que como gesto póstumo antes de renunciar emitió en fallo para sus jefes de Clarin) que había ordenado como medida cutelar la suspensión de la aplicación del articulo 161 que establece el plazo de 1 año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación. Pero el mismo tribunal revocó la suspensión del otro articulo (el 41) que había dispuesto Carbone y que se refiere a la transferencia de licencias. Como evidencia de esto, los directivos de Clarín pidieron que se ampliase la cautelar para impedir la continuación de los censos para la normalización de las llamadas emisoras clandestinas.

De ese modo, y con el apoyo en coro de un grupo de comunicadores del establishment, quedaría al descubierto una campaña electoral pergeñada por un hombre que jamás habla –Magnetto– más unos profesionales de la palabra –bien remunerada– y un grupo disperso de políticos que darán la cara por una campaña sin hacer explícitos sus proyectos y propuestas sino que sólo cerrarán filas con el principal grupo de comunicación monopólica de medios. Una curiosa interpretación, muy argentina, de The Truman Show.

4 comentarios:

Unknown dijo...

De todas maneras compañero, ellos saben que la suerte está echada. A mi me preocupa el artículo que establece el tiempo de desinversión. Que haya engociación por ahí.

Vamo a ver como sige.

Javier dijo...

Si asi es ese articulo es el que puede postergar todo , pero recuerdo haber leìdo que Verbitzky ya decía que esto aun cuando la ley se reglkamente mañna va a exceder las elecciones de 2011 ,el tema es que secontinue una polírica de cara de perro hacia los monopolios y no haya estrategia de cooptacion por los grandes grupos hacia la dirigencia política futura , ahi debería estabñecerse una política de estado porque los monopolios son nefastos para el propio sistema capitalista ,

Un abrazo

Anónimo dijo...

El asunto que no resiste el fallo es la falta de legitimación activa del diputado thomas para accionar. Van a ver.
Lo demás es discutible, incluso la procedencia del amparo como vía apta y lo del tribunal constitucional una pavada, nuestro sistema tiene control difuso, cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de una norma para el caso concreto.

Javier dijo...

Anonimo , la verdad es que personalmente el sistema de justicia argentino no me parece nada bueno , ojala pudieramos cambiarlo de raiz , no me gusta el contriol difuso de constitucionalidad ni tampoco que el fallo no afecte colectivamente a toda la sociedad sino solo a quien presenta el recurso judicial , ni que el fallo de la corte no sea respetado obligatioriamente por todos los tribunales inferiores para todos los casos iguales , recien hace poco se permiten recursos colectivos y creo que la justicia deberia ser mucho mas coleciva y menos individual , en este caso se suspende una ley afectandonos a todos los argentinos para proteger un derecho individual de un diputado opositor eso no es impresentable ?

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

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