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lunes, 10 de diciembre de 2012

Predecible: Ley de medios: la Corte rechazó el per saltum presentado por el Gobierno

El pedido había sido realizado por el Ejecutivo nacional el viernes pasado. Buscaba que el tribunal dejara sin efecto la medida cautelar decretada por la Cámara Civil y Comercial a favor del Grupo Clarín.
La Corte Suprema rechazó esta tarde el per saltum presentado por el Gobierno contra la medida cautelar que prorrogó la Cámara en lo civil y comercial federal a favor del Grupo Clarín que suspende dos artículos de la ley de medios, confirmó una fuente de tribunales.

Fuentes judiciales informaron que el rechazo se debió a errores procesales de la presentación que hizo el viernes pasado el Gobierno contra la extensión de esa medida de no innovar hasta que haya sentencia defintiva en el juicio por la constitucionalidad los artículo 45 y 161 de la ley de medios. Es que en ese caso corresponde apelar en la camara que dicta el fallo , y si esta no acepta la apelacion se va a la Corte en recurso de queja 

Aclaro que conociendo poco de derecho pero entendiendo la logica de los abogados , me sigue pareciendo muy controversial y que puede atentar contra los derechos de las personas en el futuro esta idea del per saltum en lugar de seguir el procedimiento normal , ya que no s emuere nadie si las cosas se hacen en uina semana o dos meses la verdad no cambia mucho la realidad pero si queda el antecedente , hasta ahora el uso de per saltum tiuene el entecedente nefasto de haber sido utilizado por Dromi en el menemismo para lograr la privatizacion y descguace de Aerolineas , por lo cual mi deseo seria que el per saltum no se vuelva a usar nunca mas en la historia porque sigue pareciéndome una cagada que atenta contra las garantías del debido proceso  .


Los miembros de la Corte se habría reunido durante dos horas por la mañana pero al mediodía pasaron a un cuarto intermedio y, en principio, se supuso que iban a votar mañana martes. Pero, en cambio, hicieron circular sus votos por la tarde y finalmente decidieron el rechazo.
Hasta ahora no se sabe cómo votaron pero se supone que, por lo menos, hubo un voto en disidencia.

Los argumentos serían que el Gobierno debería haber pasado por la Cámara, antes de ir a la Corte.
De esta forma, la Corte ni siquiera consideró el pedido del Gobierno de declarar la nulidad de la prórroga de la medida cuatelar hasta que haya sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

Los motivos

Los siete magistrados de la Corte se habían reunido al mediodía, y luego mantuvieron un encuentro muy reservado hoy a las 17.

El Máximo Tribunal decidió allí rechazar el recurso, explicando los motivos procesales de su resolución. "El presente recurso no ha sido interpuesto por un juez de primera instancia. Ello determina su improcedencia, al no adecuarse al recaudo exigido por el legislador para que sea viable el recurso extraordinario por salto de instancia", manifestaron los jueces en un fallo unánime.


El recurso de per saltum había sido presentado por la Jefatura de Gabinete, que dirige Juan Manuel Abal Medina. En su resolución de hoy, la Corte recordó que según la ley que promulgó el Congreso, la utilización del per saltum tiene lugar "previo necesario fallo del a instancia judicial".

El Máximo Tribunal recomendó entonces utilizar "la vía del recurso extraordinario".

Y ahora qué

Rechazado el per saltum, el Poder Ejecutivo podría apelar el caso por medio de un recurso extraordinario, lo que extenderá los plazos.

Mientras, Clarín mantendrá el amparo que impide al Gobierno avanzar sobre sus medios hasta que se resuelva la cuestión de fondo, una decisión que está en manos del juez de primera instancia, Horacio Alfonso.
Para resolver la cuestión definitivamente, la Justicia debe determinar la constitucionalidad o no de dos artículos de la ley de medios. En ese proceso, Alfonso podría dictar sentencia en los primeros días de enero.

Los principales estrategos judiciales del Gobierno esperaban la respuesta que dio hoy la Corte. No obstante, confían en que el Máximo Tribunal sí falle en favor del Gobierno cuando le llegue el expediente por la vía del recurso extraordinario o, directamente, cuando le toque tratar el fondo de la cuestión.
Por eso, aspiran a una rápida decisión de Alfonso..

Lo mas probable es que con el recurso de queja recien la CSJN pueda opinar respecto a la extension de la cautelar declarada por la camara , pero lo mejor es que se defina el fiondo de la cuestion y se defina la causa de constitucionalidad de los artículos 45 y 161 . La realidad es que los tiempos judiciales son una cagada para todos los argentinos , los tecnicismos que plantean los abogados hacen que para una causa pasen años , en este caso y tambien en la mayoria de los casos donde los juicios en promedio siempre demoran muchos años . Por eso seria bueno empezar a ver como la justicia podria ser mas efioviente para el comun de la gente , empezando por nombrar los jueces en todos los juzgados donde faltan , porque vemos que Alfonso esta en 2 juzgados y debe tener muchas causas juntas , digo todo eso reduce la eficiencia de la justicia y si a eso le sumamos la natural tendencia de los grupos economicos a gozar de una influencia innegabble sobre el poder garante de los derechos hace que este tema se termina alargando y poniendo a demasiada gente muy nerviosa , pero asi es así es cuestión de seguir la batalal en la justicia tratando de lograr una definicion sobre el fondo que cierre esta causa pero tambien las proximas impugnaciones que podria darse en una guerra de guerrillas sobre cada empresa del holding en particular 

Fallo completo del rechazo del Salto de instancia 

2 comentarios:

Moscón dijo...

El debido proceso.¿Los abogados por parte del estado no tenían la corbata con nudo doble Windsor?
A si como una medida cautelar cuida un bien irreemplazable,me parece que es un bien irreemplazable la paciencia popular,así que entre dos paciencias la corte se rasca el culo sin meter la mano en la mierda.
Hay una tesis,se opone una hipótesis y la corte en vez de la salomónica síntesis (¿hay que mostrarles la envergadura de la realidad?) vuelve al génesis!!
Claro que el per saltum es una cagada,la violencia es una cagada sin embargo es consensuado que el monopolio de dicha práctica esté a cargo del estado.
Claro,el sentido común es una mersada en las ciencias judiciales,perdón ¿dije ciencias?, error,es interpretación del dogma del ente autárquico judicial,aquí no hay ciencia sinó antojadez que le da oxígeno al monopolio vendepatria.

Javier dijo...

Y entiendo lo d ela paciencia y las expectativas creadas sobre un sector respecto de que se podia aplicar el articulo de la adecuacion porque terminaba la cautelar , pero en este caso parece que esperar y presentar las apelaciones como es normal te estiraba los tiempos unos 15 dias mas y uno pregunta en que le cambia la vida a alguien que la corte se pronuncie sobre el tema siguiendo el procedimiento normal ? Y si hay que esperar hasta el 15 de enero o 10 de febrero que cambia tan terriblemente ?

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

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