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martes, 13 de agosto de 2013

Sigue el Horror Show


Por Francisco Soriano. 

Una vez más la Justicia es trágica noticia. Fernando Carrera, padre de tres hijos y protagonista del documental “El Rati Horror Show”, fue condenado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal a 15 años de prisión por los hechos conocidos como la “Masacre de Pompeya”.


Carrera había recuperado su libertad en 2012 tras 7 años de encierro cuando la Corte Suprema de Justicia anuló la anterior condena a 30 años de prisión.
El 25 de enero del 2005 el auto que conducía Fernando Carrera a contramano por la avenida Saenz atropelló a varias personas, de las cuales dos mujeres y un niño perdieron la vida. Según la versión policial Carrera escapaba tras haber cometido dos robos. Según Fernando, él esperaba en el semáforo cuando desde un Peugeot 504 comenzaron a dispararle, por lo que arrancó y al huir recibió un impacto que lo dejo inconsciente hasta que despertó en la ambulancia gravemente herido.

La investigación en manos de la fiscalía, la policía y la Justicia fue muy cuestionada y se convirtió en centro de controversias a partir del lanzamiento del conocido documental de Enrique Piñeyro. En el “Rati Horror Show” se analiza la vergonzante tarea realizada por la Policía, el Ministerio Público Fiscal y el Tribunal Oral Criminal nro. 14 para encubrir un hecho que sin lugar a dudas fue de excesiva e imprudente violencia policial. La película muestra de manera sencilla como la mayoría de las pruebas producidas en la causa y, sobre todo, aquellas que no fueron producidas, dejan claro que Fernando es inocente y es chivo expiatorio del criminal accionar policial.

Las víctimas de los robos no reconocen a Carrera ni el arma que le encontraron. La policía recolectó solo 4 testimonios para un hecho que ocurrió a plena luz del día en una zona transitada sin que el juez o el fiscal ampliaran la averiguación. En la segunda pericia realizada al auto de Fernando -que nunca salió del depósito policial- aparece un dispositivo de patente retráctil que no fue detectado por el primer perito. La fiscalía no ordenó que se realicen pericias sobre el arma que supuestamente portaba Fernando ni que se le hiciera a él la prueba de parafina para ver si disparó. En la sentencia los jueces del T.O.C. 14 tergiversaron dichos de los testigos y no evaluaron las distintas y posibles hipótesis del hecho.
Esas son algunas entre muchas otras irregularidades tendientes a incriminar a Carrera para ocultar una práctica que es marca registrada de la fuerza policial: el abuso de la violencia. El Peugeot 504 que asusta a Carrera es una móvil de la Comisaría 34 que opera sin identificación y con policías de civil. Fernando recibió 7 impactos de bala y la policía disparó más de treinta disparos contra su vehículo en una zona densamente poblada. Esto ni la justicia ni nadie lo pudieron tergiversar.

El 6 de junio del 2012 la Corte Suprema anuló el fallo de la Sala III de Casación que confirmaba la sentencia del T.O.C. 14 y denegaba el recurso extraordinario federal. Sin embargo, el fallo puede considerarse como “tibio” ya que en lugar de absolver a Carrera por las arbitrariedades de la causa, se limita a nulificar el fallo por un tecnicismo procesal: la falta de fundamentación suficiente. Hecho esto, ordena a la misma Sala III a dictar una nueva sentencia. Sin dudas esta decisión implicaba un menor costo político que absolver a Carrera e investigar a la policía y a sus encubridores por las muertes.

Al ser anulada la condena, Fernando pasó a ser procesado (en lugar de condenado) y con siete años de prisión encima debió ser liberado ya que superaba ampliamente el límite de 3 años que la justicia puede tener a una persona detenida sin sentencia. El fallo de ayer de la Sala III lo condena a 15 años, por lo que le faltarían 3 años más para llegar a la libertad condicional. Eso significa que si el fallo no es impugnado mediante recurso extraordinario federal, que su abogado Federico Ravina ya dijo que presentarían, o si el mismo no es admitido, Carrera deberá volver a la cárcel. La baja en el monto de la pena se debe al cambio de calificación de los homicidios de dolosos a culposos, es decir, Fernando no habría querido matar a los peatones.
Este episodio se suma a la larga lista de vergonzantes actuaciones del Poder Judicial. Basta recordar el caso de Marita Verón. Esto resalta la importancia de transformar la justicia en nuestro país. Sin embargo, también alerta sobre las formas y los protagonistas de ese cambio: los jueces integrantes de la Sala III Mariano Borinsky y Ana María Figueroa son miembros de Justicia Legítima.

Numerosos organismos de derechos humanos acompañan la causa de Fernando. Estela de Carlotto y Adolfo Pérez Esquivel, entre otros, se han manifestado sobre su inocencia y han repudiado las prácticas policiales y la complicidad de la Justicia y el Ministerio Público Fiscal. Sin embargo, ni eso, ni las pruebas, ni la película, ni nada parece suficiente para que la justicia libere a Carrera. Es que liberarlo a él es condenar a todos los demás.




Fuente: Marcha

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Coordinadora Sindical Clasista - Partido Obrero

Politica Obrera